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Delito de abandono de familia. ¿Imposibilidad de cumplir o voluntad de incumplir?

Creation date: Jun 27, 2022 2:45am     Last modified date: Jun 27, 2022 2:45am   Last visit date: Aug 28, 2024 8:56am
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Jun 27, 2022  ( 1 post )  
6/27/2022
2:45am
Gen A (genasocialrrss)

Recibimos muchas preguntas sobre las tarifas de abandono familiar. Como abogados de divorcios en Mataro, explicamos que el “abandono de la familia” es un delito tipificado en el artículo 226 y siguientes del Código Civil, según el cual habrá pena si una persona no respeta las obligaciones contraídas con miembros difíciles del matrimonio. familia. unidad familiar. En todos los casos, para cometer un delito debe haber dolo, es decir, expresión de voluntad y sentimiento de falta de respeto a las obligaciones, es decir, capacidad de cumplimiento, el deudor ciertamente no lo hará. .

En este contexto, uno de nuestros clientes se puso en contacto con nuestro despacho de abogados en busca de ayuda, ya que tras ser condenado a prisión y una fuerte multa, fue puesto bajo custodia. Fue acusado de un delito menor de negligencia por incumplimiento del deber y falta de pago de la manutención de los hijos mientras estaba bajo custodia. Es claro que nuestra oficina trató de demostrar que no había voluntad de quiebra, porque la falta de pago se debió a la incapacidad económica de nuestros clientes, como consecuencia de la prohibición impuesta. Además, el mero hecho del incumplimiento de las obligaciones internas es incompatible con el encubrimiento de la negativa a cumplir (que en otros casos puede deducirse de la conducta del interesado), que se deriva del deber de prisión del poder judicial. Pues bien, a partir de Aboga2, nos corresponde a nosotros determinar que la ausencia de un hogar familiar no significa necesariamente el abandono de la familia, siempre y cuando la familia continúe cumpliendo con sus obligaciones vinculantes con los hijos y nietos. O un cónyuge necesitado. Del mismo modo, la deserción puede ocurrir cuando uno de los cónyuges aún vive en una casa común pero ya no satisface las necesidades de la familia. Por tanto, para que se produzca el delito de abandono es necesario unificar los elementos objetivos y subjetivos del género, por lo que es necesario tener la capacidad de ser adecuado para poder alegar la inconformidad.